Derechos digitales

HABLEMOS DE DERECHOS

Salvador Romero

 

El año pasado se aprobó en España la Carta de Derechos Digitales, como un documento -desgraciadamente- no vinculante, que busca fijar los parámetros de análisis e interpretación para aplicar los derechos humanos ya reconocidos en un contexto de vida digital, en la cual, muchas de nuestras actividades, acciones e interrelaciones, suceden en las plataformas que funcionan dentro de la Internet.

Dicha Carta fue producto de una convocatoria, análisis y debate entre expertas y expertos convocados por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital del gobierno español (que no llegaron a consensos absolutos, pero sí mayoritarios), y en ella se incluyeron un total de 26 derechos digitales, divididos en 5 categorías que nos llevan, todos y cada uno de ellos, a una profunda reflexión sobre los grandes retos que tenemos en el presente pero, sobre todo, en el futuro, para garantizar nuestra soberanía personal en un entorno digital en el cual somos sumamente vulnerables aunque casi nunca estemos conscientes de ello.

Para entender la importancia de nuestros Derechos Digitales, es indispensable partir de una premisa innegable: Cada vez que navegamos por Internet y utilizamos las diversas Tecnologías de la Te Información y la Comunicación (TICs), tales como los teléfonos inteligentes (smartphones) y las diversas plataformas de Redes Sociales Digitales, compartimos una enorme cantidad de datos personales que se convierten en la materia prima de un gigantesco negocio, el de nuestra atención, porque incluso cuando nunca subamos fotos o le demos “me gusta” a ninguna publicación, las plataformas nos están vigilando.

Esos datos personales que compartimos -la gran mayoría de las veces de manera completamente voluntaria-, permiten a todas aquellas personas físicas y morales que tienen acceso a ellos, generen “perfiles digitales” de nuestra persona, que pueden ser utilizados para una enorme cantidad de fines, algunos nobles, pero la gran mayoría de ellos perjudiciales para quienes los hemos compartido.

Algunas de las principales formas de explotar nuestros “perfiles digitales”, por ejemplo, tiene que ver justamente con temas relacionados con el “marketing”, es decir, la posibilidad de promocionar y ofrecernos servicios y productos que por nuestras preferencias personales suelen sernos los más atractivos, sin que estemos necesariamente alertas de que cada anuncio que vemos mientras navegamos en Internet, fue diseñado cuidadosamente para doblegar nuestra voluntad.

Además de ello, existen otros muchos derechos digitales, como aquellos relacionados con la protección de las personas menores de edad, para evitar que accedan a contenidos no aptos para su edad, ya que niñas y niños navegan por Internet pueden estar expuestos a contenido y material no apto para su edad, incluso al grado de arruinarles su infancia, sin que actualmente existan los suficientes filtros y normas para evitar que eso suceda.

Otro derecho digital muy interesante -que es desconocido para la gran mayoría de las personas que usamos Internet-, es el relacionado con la herencia digital, que implica la posibilidad de decidir quién o quiénes pueden acceder a toda esa información que hemos compartido en el ciberespacio, tales como fotos, videos, audios, conversaciones e interacciones de cualquier tipo, por ejemplo, o incluso el derecho a decidir que nadie pueda acceder a todo ello después de nuestra muerte.

También me parece muy relevante destacar que en dicha Carta se exponen otros derechos digitales que eventualmente podrían llevarnos a tener una sociedad más justa e igualitaria, por ejemplo, aquellos que concedan el derecho a las mujeres que acaban de ser madres para que puedan trabajar desde casa durante más que 90 días, en la medida en que sus labores permitan esa modalidad, con el objeto de que puedan compaginar sus obligaciones laborales con su deseo de permanecer más tiempo con sus bebés.

Presidente ciudadano ITEI Jalisco

@chavaromero

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