Proponen sanciones severas contra crímenes de odio

Para inhibir conductas, delitos y muertes impulsadas por odio derivado de preferencia sexual, género, raza, condición social y religión, el Grupo Parlamentario del PRI en el Congreso de Jalisco impulsa un cambio al Código Penal del Estado que incrementaría las penas impuestas por la falta cometida.

Las legisladoras que integran esta agrupación lo consideran un tema urgente a abordar desde diferentes ángulos, de manera preventiva y cultural, pero también señalan que es necesario fortalecer las leyes para sancionar con mayor severidad a quien atente contra otra persona motivada por una cuestión emocional y totalmente irracional.

La propuesta concreta es incrementar hasta en 50 por ciento las sanciones a quien cometa lesiones motivado por el odio con base en las variantes ya descritas. Si la agresión provoca la muerte de la víctima, la pena cambiaría de entre 12 y 18 a 20 y 40 años de privación de la libertad.

Las diputadas Mariana Fernández Ramírez y Sofía García Mosqueda dieron a conocer las cifras presentadas por la Organización Letra Ese: entre 2012 y 2018, al menos 473 personas fueron asesinadas en todo el país por su preferencia o identidad sexual, su religión, su origen étnico, su discapacidad, su ideología o alguna otra condición social que los hacía vulnerables. Aproximadamente 6.5 muertes por odio al mes en un sexenio.

 “A pesar de esto, únicamente seis entidades cuentan con legislación al respecto en sus códigos penales y sólo en 3 (Ciudad de México, Coahuila y Nuevo León) la normatividad penal en la materia es completa.  Jalisco siempre ha sido un referente en la defensa de los derechos de las minorías. Nuestro estado ha impulsado una cultura de paz que nos obliga a ponernos nuevamente a la vanguardia”, expuso la Diputada Fernández Ramírez.

La iniciativa busca modificar el artículo 219 del Código Penal, añadir la agravante para delitos de homicidio y lesiones cuando sean motivados por el odio. Definir con claridad los crímenes de esta índole, así como incrementar las penas en una mitad respecto a las sanciones originales en caso de acreditarse el rechazo, repudio, desprecio o intolerancia contra alguno de los colectivos vulnerables.

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