Hasta 6 años de prisión a quién altere o mal use el Registro Federal de Electores

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Las Listas Nominales de Electores son de uso exclusivo para los procesos electorales.

·        El Código Penal Federal establece los castigos para quienes manipulen o hagan uso indebido de la información o documentos electorales.

·        Los ciudadanos que fueron funcionarios de casilla y los partidos políticos deben regresar al Instituto Federal Electoral todo tipo de documentación electoral utilizada con motivo de los comicios locales y federales.

Relacionado con la nota publicada este lunes 10 de junio de 2013 en el periódico MURAL, titulada“Pierde IFE listas nominales”. La Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de Jalisco, debe informar a los ciudadanos y asegurar que los datos proporcionados al Registro Federal de Electores permanecen en resguardo del propio Instituto. Los ciudadanos deben saber que la información disponible es utilizada exclusivamente con fines electorales. Al margen de lo que se pueda decir como trascendido o notica que pareciera verosímil, la información está bajo resguardo absolutamente seguro.

Es conocido de todo ciudadano y de los partidos políticos que con motivo de los procesos electorales federales y locales, los ciudadanos que resultan designados funcionarios de casilla reciben la documentación electoral, que es necesaria para el desempeño de su responsabilidad en la mesa directiva, entre otras, las listas nominales de electores definitivas con fotografía.

Los funcionarios de casilla, saben con toda claridad que al concluir la jornada electoral deben remitir al Instituto Federal Electoral los paquetes electorales en donde es depositada, de manera ordenada, la documentación electoral, toda la documentación que tuvieron a su disposición para desempeñarse como funcionarios de casilla, deben regresarla al IFE. Al concluir el proceso electoral, la documentación electoral es destruida. Se tiene especial cuidado en la destrucción de las listas nominales de electores.

En todo caso, los funcionarios electoral y los partidos políticos saben con precisión la responsabilidad que implica el uso de la documentación electoral; conocen igualmente de las penas que son aplicables a quienes sustraigan, alteren o hagan uso indebido de la información o documentación electoral; penas reguladas en el Código Penal Federal, que van de 2 y hasta 6 años de cárcel. No se trata de amenazas, se trata de resguardar la información y documentos que la contienen al margen de la ley.

Luego entonces, los ciudadanos que fungieron como funcionarios de casilla, así como los representantes de los Partidos Políticos que tuvieron a su disposición documentación electoral con motivo de la jornada electoral del 1 de julio del 2012, incluyendo, desde luego, los cuadernillos de la Lista Nominal con Fotografía, debieron haberla regresado al Instituto Federal Electoral, toda la documentación sin excepción. Puede decirse que por regla general así ha ocurrido y la documentación fue destruida una vez concluido el proceso electoral.

Sin embargo, no se podría negar que, ya por descuido, ya por interés, algún funcionario pudiera haber conservado algún documento electoral. De ser así, deberá regresarlo al Instituto para proceder a su destrucción. Quien no lo haga, incurre en un delito y se hace acreedor a penas privativas de libertad; por lo que se exhorta a quienes aún posean cualquier tipo de documentación electoral utilizada en los procesos electorales pasados a devolverla en cualquier oficina del Instituto Federal Electoral.

Para mayor información de ubicación de oficinas del IFE, comunicarse a los teléfonos: 01 800 433 2000, en todo el Estado de Jalisco; y, al 38 10 55 90, en la Zona metropolitana de Guadalajara.

Que no sea la falta de responsabilidad de unos, la que dañe a las Instituciones del país.

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