Aprueban reducir apoyos a diputados

Por Eugenia Barajas

La fracción parlamentaria del PRI en el Congreso de Jalisco logró que se aprobará en lo general un decálogo de austeridad y transparencia en la Comisión de Administración, donde propone la reducción de apoyos adicionales a los diputados y funcionarios, pero dejó de lado los recursos para la Casa de Enlace.

En la sesión de instalación de la comisión que encabeza la diputada del PRD, Celia Fausto Lizaola el coordinador del tricolor, Miguel Castro Reynoso impuso el acuerdo interno y se votó en lo general su contenido, pero se dejó para su revisión en lo particular cada uno de los artículos, ya que la presidenta también presentó 10 puntos de austeridad que se revisarían para enriquecer el del priista.

Los puntos que presentó la fracción del PRI son los siguientes:

1. Cero apoyos adicionales. Los diputados y los funcionarios del Congreso del Estado no recibirán, durante la LX Legislatura, ninguno de los siguientes apoyos:

a. Vales o apoyos para gasolina.
b. Vales o apoyos de comida.
c. Tarjetas o apoyos para caminos de peaje.
d. Vales o apoyos para transportación aérea.
e. Aparatos de telefonía móvil.
f. Asignación de vehículos oficiales, salvo el Presidente del Congreso con motivo de traslados para actos de representación oficial.

2. Contratación de supernumerarios por acuerdo de la Comisión de Administración. Sólo con acuerdo expreso de la Comisión de Administración se podrá contratar personal supernumerario, sus contratos deberán ser temporales por tiempo determinado y nunca podrán transcender a la LX Legislatura, todo lo anterior siempre y cuando exista suficiencia presupuestal.

3. Publicación de la nómina completa. La Secretaría General deberá publicar en la página oficial de internet, dentro de los tres días naturales siguientes a su pago, la nómina completa en orden alfabético por apellidos, de los trabajadores del Poder Legislativo y mantener los datos cuando menos durante toda la Legislatura, independientemente de las obligaciones similares derivadas de la ley en materia de transparencia e información pública, y que sea de fácil acceso y consulta.

4. Publicación de los acuerdos de la Comisión de Administración. La Comisión de Administración deberá publicar en la página oficial de internet, dentro de los siete días naturales siguientes a la celebración de las reuniones correspondientes, los acuerdos internos aprobados al interior de dicha Comisión y mantener los datos cuando menos durante toda la Legislatura, independientemente de las obligaciones similares derivadas de la ley en materia de transparencia e información pública.

5. Funcionamiento del Comité de Adquisiciones. La Comisión de Administración deberá invitar formalmente al CESJAL, dentro de los diez días naturales siguientes a su instalación, para que designe a sus representantes para integrar el Comité de Adquisiciones del Poder Legislativo y así operar adecuadamente los procesos de adquisiciones conforme al Reglamento, bajo criterios de austeridad y transparencia.

6. Publicación de los acuerdos del Comité de Adquisiciones. El Comité de Adquisiciones deberá publicar en la página oficial de internet, dentro de los siete días naturales siguientes a la celebración de las reuniones correspondientes, los acuerdos internos aprobados al interior de dicho Comité y mantener los datos cuando menos durante toda la Legislatura, independientemente de las obligaciones similares derivadas de la ley en materia de transparencia e información pública.

7. Informe Trimestral de Secretaría General. El Secretario General y sus directores deberán informar trimestralmente a la Comisión de Administración y publicar en el sitio oficial de internet del Poder Legislativo, los resultados de la gestión administrativa de su área, sin perjuicio de otras obligaciones similares y complementarias al respecto.

8. Responsabilidad administrativa del Secretario en el manejo de la nómina. El Secretario General, en conjunto con los directores de Administración y Recursos Humanos, y de Control Presupuestal y Financiero, deberá hacerse responsable del manejo de la nómina del Congreso del Estado, mediante la rúbrica por parte de los directores señalados, en la totalidad de las hojas de dicha nómina, así como de los criterios para la priorización en el pago y forma del mismo, de los diferentes tipos de servidores públicos del Poder Legislativo del Estado, y se retome la firma de nómina general sin utilizar los recibos individuales para ese efecto.

9. Transparencia en la adscripción de los trabajadores. El Secretario General debe publicar en la página oficial de internet del Poder Legislativo, dentro de los diez días hábiles siguientes a la aprobación de este acuerdo, un listado general en orden alfabético por apellidos con todos los nombres de los servidores públicos del Congreso donde se especifique la naturaleza de su nombramientos (de base o de confianza), su temporalidad (definitivo o temporal), la adscripción original de acuerdo a su nombramiento y la asignación por comisión a la sala de diputado u oficina en donde físicamente presta sus servicios, así como mantenerla actualizada permanentemente.

10. Transparencia en el manejo de los ingresos y egresos. El Secretario General debe publicar en la página oficial de internet del Poder Legislativo un informe trimestral detallado sobre los ingresos incluidos los propios y los egresos del Congreso del Estado.

11. Tabulador y homologación. El Secretario General debe presentar, dentro de los diez días hábiles siguientes a la aprobación del presente acuerdo, ante la Comisión de Administración una propuesta de un tabulador general para todos los trabajadores del Congreso del Estado, con base en criterios de racionalidad, homologación, objetividad y ponderación de los cargos de acuerdo al perfil y sus responsabilidades, donde el Secretario General no gane más que el diputado, los directores no ganen más que el Secretario General, y los demás trabajadores no ganen más que los directores; el cual deberá aplicarse a partir del 1 de enero de 2013.

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