Sanciones a quién descuide perros en azoteas

Con el objetivo de proteger a los animales del maltrato, la Comisión de Medio Ambiente, Sostenibilidad, Protección Civil y Resiliencia, que preside la diputada Erika Ramírez Pérez, aprobó el dictamen que adiciona diversos artículos a la Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco.

De esta manera se establece que está prohibido tener animales domésticos en azoteas, a reserva de contar con los elementos necesarios para su protección ante las inclemencias del clima. Además, especifica el dictamen que cuando animales domésticos estuvieren en condiciones de maltrato previstas en el artículo 29-Ter, los ayuntamientos o las autoridades competentes en materia de protección animal, podrán apercibir a la persona propietaria o tenedora del animal, para que se corrija, en un plazo de dos días naturales, el acto u omisión que generan el maltrato o sufrimiento animal.

En caso de no corregir las condiciones que generan el maltrato o sufrimiento animal en el plazo previsto, la sanción será de una multa de cuarenta a sesenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

 

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