Oficializa el Congreso falta de pago

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En sesión extraordinaria, el Congreso del Estado aprobó  el Acuerdo Legislativo por el que se atiende el requerimiento al oficio 3029-1 del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil, dentro del amparo 1129/2011-1, promovido por Consultores López Castro y Cía, para el cobro de 58 millones de pesos por los servicios prestados al Poder Legislativo.

 

El nuevo requerimiento de dicho juzgado fue recibido el día de ayer a las 11:36 horas, en el que se expresa que se solicita al pleno del Congreso y al Gobernador del Estado para que dentro del término de 24 horas, atiendan de manera atingente la ejecución de la resolución dictada en el presente juicio.

 

En tal virtud, la Mesa Directiva del Congreso le informa al Secretario del Juzgado, José Jorge Figueroa Torres, sobre los pasos y trámites realizados para tratar de cumplir con la exigencia del cobro por parte de los consultores, como fue gestionar los recursos ante la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado.

 

También se le informa a dicho funcionario judicial que el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, resolvió la Queja 108/2012 del Incidente de Suspensión del Juicio de Amparo 1583/2012, al conceder la suspensión provisional para no comprometer los recursos destinados al pago de salarios y prestaciones de carácter laboral, hasta en tanto se resuelva el presente incidente de manera definitiva.

 

También se establece que los recursos citados provienen del Presupuesto de Egresos del Poder Legislativo para su ejercicio fiscal, razón por la cual se insta al Secretario del Juzgado para que tome en consideración una imposibilidad legal para afectar dicho Presupuesto en cuestión de dar cumplimiento a su requerimiento.

 

Siendo además pertinente que se tome en consideración que debido a que el expediente será remitido al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito en turno, se hace necesario que dicho Tribunal precise si habrá de continuarse con la ejecución de la sentencia o en su defecto se preserve hasta que se decida sobre la cuestión recurrida.

La notificación recibida el día jueves señala que:

«No se ha dado cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente sumario, por ende lo procedente es requerir nuevamente al Pleno del Congreso del Estado y al Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, para que dentro del término de 24 horas atiendan de manera atingente la ejecución de la resolución dictada en el presente juicio, debiendo hacer las gestiones correspondientes para tal efecto y acompañar las constancias con las que acrediten su dicho apercibidos que de no hacerlo, se procederá en contra de las autoridades señaladas como responsables de conformidad a lo que dispone el artículo 105 de la Ley de Amparo».

 

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