Iglesia reclama a la SCJN por “crear” matrimonios gay

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En esta semana, el máximo tribunal de justicia del país defendió el derecho de las parejas del mismo sexo para contraer matrimonio. El caso más recientes es el del estado de Colima, donde ayer la SCJN falló en contra de un artículo del Código Civil de esa entidad, que planteaba la figura de “enlace conyugal”, que se celebra entre dos personas del mismo sexo, porque vulnera el derecho a la igualdad y a la no discriminación, pero el Episcopado Mexicano protesta y dice que a la SCJN no le corresponde “crear nuevas formas de matrimonio”, y defendió el concepto tradicional de que este sólo puede celebrarse entre un hombre y una mujer.

La Corte Suprema decidió que “no existe ninguna justificación racional para negar el acceso al matrimonio a las parejas homosexuales, aun cuando existiera un régimen jurídico diferenciado al cual pudieran optar dichas parejas en lugar de casarse, incluso si la figura en cuestión tuviera los mismos derechos que el matrimonio, pues se les reconocería un conjunto incompleto de derechos siguiendo su orientación sexual”.

Al respecto, autoridades eclesiásticas plantearon:”La Iglesia sostiene que el matrimonio sólo puede celebrarse entre un hombre y una mujer, y defiende este valor para el bien de las personas y de toda la sociedad”, afirmaron los obispos en un comunicado en el que defienden su “derecho a la libertad de expresión”. El alto tribunal sentó jurisprudencia tras emitir cinco criterios en el sentido de que las leyes de los estados mexicanos que prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo son inconstitucionales y “ampliamente discriminatorias”.

Esta posición, además de romper con la “sólida tradición jurídica” de occidente, “contraviene los principios del federalismo y la razón de ser de los diversos códigos civiles, que pretenden responder a la realidad concreta de cada entidad federativa y su pluralidad, lo que debe reflejarse en las acciones de los jueces”, señalaron los obispos. Aunque dijeron ser “respetuosos de las instituciones y de las diversas formas de pensar y vivir”, sostuvieron que la discriminación “en este caso no se da, ya que el matrimonio siempre ha sido entre personas de diferente sexo, hombre y mujer”.

“Valoramos que nadie deba ser objeto de discriminación, tal como lo consigna el artículo primero constitucional, (pero) esto no significa que deba modificarse la esencia del matrimonio”, apuntaron los obispos. En este caso, añadió, “sí se justifica la distinción, como la hay, por ejemplo, al no permitir el voto a un menor de edad o a un extranjero, ya que no atenta a sus derechos políticos, sino salvaguarda la Nación”.

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