Ratifica INE sanciones a aspirantes que omitieron entregar sus informes de ingresos y gastos

• La conducta ilícita no es solamente el monto, es la omisión legal de presentar por parte de las y los candidatos el informe de gastos de campaña: Lorenzo Córdova

En cumplimiento a sentencias dictadas por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) ratificó sancionar con la pérdida del derecho a ser registrada o registrado o, en su caso, si se encontraba hecho el registro, con la cancelación como candidatas o candidatos en el marco del Proceso Electoral Federal Ordinario 2020-2021, a aspirantes que omitieron entregar sus informes de ingresos y gastos.

En sesión extraordinaria se avaló la sanción en materia de fiscalización a nueve aspirantes a diputaciones federales y a dos que buscaban contender por presidencias municipales, luego de hacerse una nueva valoración individual.

La presidenta de la Comisión de Fiscalización, Adriana Favela Herrera, explicó que se trata del cumplimiento a cuatro sentencias del TEPJF:

En el primer caso, se llega a la conclusión de dejar sin efecto la sanción impuesta a Leticia Calderón Ramírez, ya que se estima que el contenido de pintas en bardas no es propaganda de precampaña porque no se acreditaron los elementos de finalidad y territorialidad. El proyecto fue aprobado por seis votos a favor y cinco en contra.

En el segundo, se confirma la sanción a Alfredo Ramírez Bedolla con la pérdida del registro para ser postulado como candidato a la presidencia municipal de Morelia, por ser omiso en la presentación de su informe de precampaña y la falta se califica como de gravedad mayor a partir de que la Unidad Técnica de Fiscalización detectó diversos gastos de precampaña por 10 mil 560 pesos, además de que el partido Morena fue requerido a través del oficio de errores y omisiones y tampoco presentó el informe correspondiente. Fue avalado por seis votos a favor y cinco en contra.

En seguida se propone confirmar la sanción impuesta a Roberto Villaseñor Pérez consistente en la pérdida del registro para ser postulado como aspirante independiente a la presidencia municipal en el Ayuntamiento de Villa Madero en Michoacán, así como en los dos procesos electorales subsecuentes, ya que incumplió con la obligación de presentar el informe de apoyo ciudadano, requisito para la obtención de registro de una candidatura, además de que se comprobó que tenía acceso al Sistema Integral de Fiscalización para registrar y reportar sus ingresos y gastos. Se avaló en lo general por ocho votos a favor y tres en contra.

En la cuarta sentencia, se confirmar la sanción de pérdida de candidatura a diputación federal de nueve ciudadanas y ciudadanos, porque se consideró que fueron omisos en entregar el informe de precampaña. Aprobado por seis votos a favor y cinco en contra.

La conducta ilícita no es el monto, es la obligación legal de presentar informes
“La conducta ilícita no es el monto, la conducta ilícita que estamos conociendo es, no le demos vueltas, no truqueemos las cartas, es simple y sencillamente la omisión de una obligación legal que es la de presentar por parte de las precandidatas y los precandidatos que han hecho algún tipo de proselitismo, el informe de gastos de campaña”, aclaró el Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello.

Explicó que esta conducta, con independencia de los montos es un ilícito grave, ya que la presentación de un informe es una obligación legal que tienen los partidos políticos, precandidatas y candidatos y “sin ese informe, la fiscalización ya se está impidiendo, se está corrompiendo”.

Agregó que si desde el principio alguien niega el carácter de precandidato o precandidata, “ya está inhibiendo la posibilidad de la autoridad electoral de hacer una fiscalización exhaustiva” y se desconoce el origen de los recursos. “Pudo haber sido 10, 20, 50 mil, 100 mil, un millón, 20 millones de pesos; puede ser, nadie lo sabe, porque el punto de partida es la deshonestidad, el no cumplir con la ley de estos actores”.

El Consejero Presidente reiteró que el INE está cumpliendo con la ley y quien no esté de acuerdo puede impugnar esta decisión ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
“A quien dice que hay un ánimo adverso contra algunas fuerzas políticas, el INE lo único que está haciendo es cumplir con lo que dice la ley, sería tanto como decir que por haber puesto la falta, la consecuencia de no presentar informes como la cancelación de registro es un ánimo adverso del legislador, bueno, aquí hay legisladores, ¿por qué no lo cambiaron?, ¿por qué no lo cambiaron en su momento si creían que ésta era una falta que no merecía una consecuencia tan grave?”, cuestionó.

Para el Consejero Ciro Murayama Rendón la legislación es muy clara para poner una sanción severa “cuando se incurre en la omisión de rendir cuentas de dinero involucrado en política”.
La ley determina la obligación de los actores políticos de documentar y transparentar cada peso que gastan y la fiscalización evita que en las contiendas interpartidistas haya quien se beneficie del uso de dinero de origen desconocido o de la opacidad.
“No se está sancionando el monto cuantitativamente, sino cualitativamente la conducta consistente en tratar de ocultar la actividad política y es más, de tratar de engañar a la autoridad cuando la autoridad emplaza y lo que se dice es no tuve actividad y ésta está documentada”, agregó.

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