Armas y derecho

HABLEMOS DE DERECHOS/ Salvador Romero

Producto de la tragedia suscitada el pasado diez de enero, en donde un niño de once años mató a su maestra e hirió a otros niños, se retoman añejos debates tratando de encontrar la explicación o razón detrás de esos lamentables hechos.

Una de las principales preguntas (que al momento de escribir estas líneas sigue sin respuesta oficial) es dónde consiguió el niño las dos armas que utilizó (una de ellas de un calibre prohibido para civiles y por lo tanto, ilegal).

Sin embargo, cualquiera que haya sido el origen de esas armas, me parece importante hacer algunas precisiones jurídicas respecto del alcance del derecho constitucional a poseer armas de fuego y las razones por las cuales considero que los planteamientos que culpan a dicho derecho de esta tragedia se encuentran mal encauzados.

Dicho derecho fue reconocido en el artículo 10 de nuestra Constitución Federal de 1917 de la siguiente manera: “Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen libertad de poseer armas de cualquiera clase, para su seguridad y legítima defensa, hecha excepción de las prohibidas expresamente por la ley…”. En 1971, se reformó dicho artículo para acotar dicho derecho, y establecer que únicamente es constitucional el derecho a poseer armas en el propio domicilio.

En ese sentido, desde hace casi cincuenta años la Constitución limita el derecho de posesión en tres grandes rubros, a saber: Primero, únicamente pueden poseerse dentro del domicilio particular; segundo, únicamente pueden adquirirse y registrarse a través de la SEDENA; y tercero, el tipo de arma se encuentra limitado a pistolas de calibre no superior al .380 (9mm.), así como revólveres en calibres no superiores al .38 Especial.

Sin embargo, considero que el problema de la violencia armada en México no es el derecho constitucional a poseer armas, ni mucho menos la posibilidad legal de portarlas, ya que de acuerdo a la SEDENA en 2017 había registradas en todo México apenas 3,152 licencias para portar armas de fuego por civiles (Publimetro: 2017), mientras que de acuerdo a una investigación periodística reciente, cada año entran a nuestro país 213,000 armas de fuego ilegalmente desde Estados Unidos de Norteamérica (New York Times: 2018).

En conclusión, es evidente que el problema derivado del fácil acceso a armas de fuego (incluso para un niño de once años), no es producto del derecho constitucional a su posesión (vaya, ni siquiera es producto del abuso de dicho derecho), sino que es producto directo de la corrupción que impera en nuestro país, y de una cultura social generalizada de violencia y de falta de respeto a las normas vigentes.

Comisionado del ITEI Jalisco

@chavaromero

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