Con el propósito de terminar con el uso indiscriminado y discrecional de los escoltas asignados a funcionarios públicos, los legisladores aprobaron en sesión extraordinaria, la Ley del Servicio de Protección para el Estado de Jalisco y sus municipios, con modificaciones al Código Penal entre otras leyes.
En dicha reglamentación, se establece que el servicio de protección se brindará a través de la Secretaría de Seguridad o de la Fiscalía, según corresponda; entre los funcionarios que tendrán derecho a escoltas se encuentra el Gobernador del Estado, con 10 elementos asignados y 2 automóviles blindados; el Secretario General de Gobierno, con dos 2 custodios y un automóvil blindado, el Fiscal General contará con 10 personas al servicio de su protección y dos automóviles blindados, entre otros.
En el dictamen se puntualiza que una vez que entre en vigor dicha Ley, los servidores públicos asignados a servicios de seguridad y vigilancia, deberán presentarse con los vehículos, armamento y demás equipo otorgados para la realización de su comisión, a efecto de saber su lugar de asignación en un plazo máximo de diez días y en caso de que dichos servidores públicos no se presenten, la dependencia a la que pertenecen, iniciará el proceso administrativo de sanción correspondiente.