Impuesto a productos de higiene femenina: inequitativo y discriminatorio

PERSPECTIVA21/Verónica Juárez Piña

 

Mucho se ha avanzado en materia de inclusión y paridad en nuestro país durante la última mitad del siglo pasado y lo que va del presente. Sin embargo, aún nos falta un largo camino por recorrer para garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Si bien, desde el año 2008 se logró que los recursos que se destinan para la disminución de la brecha de género fueran visibles en el Presupuesto de Egresos de la Federación, aún se está lejos de lograr la paridad presupuestal.

En el mismo sentido, a pesar de los principios de equidad y proporcionalidad en materia contributiva que se establecen en el artículo 35 Fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las mujeres seguimos siendo objeto de una gran disparidad en el pago de impuestos.

El pasado 20 de octubre, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó la Ley de Ingresos para el año fiscal 2021. Debemos destacar que, durante su discusión, se aprobó la inclusión de una modificación al dictamen por la que se eliminaba el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las toallas femeninas, copas, tampones, compresas y todo artículo destinado a la gestión menstrual; misma que, al terminar la discusión, los Grupos Parlamentarios de Morena y el Partido del Trabajo, eliminaron del texto final.

En el Grupo Parlamentario del PRD consideramos que la gestión de la menstruación debe ser concebida como una política pública cuyo impacto atienda todas las causas de exclusión que sufren las mujeres durante sus períodos menstruales.

Es necesario considerar que la menstruación y su administración debe ser un tema público, incorporado a las políticas gubernamentales de salud, con el objetivo de establecer las condiciones para que todas las personas menstruantes puedan gozar de condiciones dignas que garanticen su total participación en la vida social y política de nuestro país.

En muchos lugares del país, las mujeres no tienen ni las condiciones para una higiene adecuada ni el acceso a los productos higiénicos que necesitan.

En estos lugares, la pobreza marca hábitos de higiene que no priorizan la salud sexual de las mujeres y los productos de higiene menstrual no forman parte de las compras ya que, en situación de pobreza, unos pesos hacen la diferencia entre comer o no comer, por lo que la falta de acceso a estos productos obliga a las mujeres a recluirse y no participar de la vida comunitaria durante sus períodos menstruales de tal forma que genera una exclusión que las victimiza, mes con mes.

El impuesto que se paga por las toallas sanitarias es un impuesto discriminatorio que únicamente pagan las mujeres. La menstruación constituye, consecuentemente, un factor que ahonda la brecha entre género y pobreza así como la inequidad menstrual e impositiva. La LXIV Legislatura, la llamada Legislatura de la Paridad, tuvo la gran oportunidad de eliminar este impuesto y no lo hizo.

Desde el GPPRD responsabilizamos a los Grupos Parlamentarios de Morena y del Partido del Trabajo de que, en este país, las mujeres sigan pagando 3 mil millones de pesos más que los hombres, por el único hecho de ser mujeres.

Por tal razón, exhortamos a las y los Senadores de todos los Grupos Parlamentarios para eliminar este ominoso impuesto, modificando, en la minuta de la Ley de Ingresos para el año fiscal 2021, lo que en esta Cámara fue aprobado por una mayoría que evidenció su falta de compromiso con las mujeres mexicanas.

Coordinadora del GPPRD en el Congreso de la Unión

@juarezvero

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