Gravísima vulneración de Datos Personales

HABLEMOS DE DERECHOS/Salvador Romero

El pasado 4 de julio, José Soto Galindo dio a conocer en El Economista, lo que posiblemente sea la vulneración histórica más grave que una autoridad haya cometido, en materia de protección de datos personales.

De acuerdo a dicho reportaje, la Secretaría de la Función Pública hizo accesibles para cualquier usuario de Internet, durante 56 días, las declaraciones patrimoniales de alrededor de 830,000 funcionarios públicos, en las que se incluyen, entre otros datos personales: los ingresos netos de los declarantes; sus bienes inmuebles y vehículos declarados; sus inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores declarados; sus adeudos, pasivos y créditos financieros vigentes, además de sus datos generales de identificación tales como números telefónicos, direcciones de domicilios particulares, CURP y RFC.

Es decir, se hizo pública información que se encuentra protegida por la Constitución Federal, por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y por las normas que expidió el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción para la emisión del formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses.

De conformidad con la ley, un dato personal es todo aquel que hace a una persona física identificada o identificable, y dato personal sensible aquel que pueda afectar la esfera más íntima de su titular, como sin duda lo constituye toda su información patrimonial.

Aunado a lo anterior, las leyes de transparencia establecen que las autoridades deben de proteger y reservar toda aquella información pública que pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona.

En ese contexto, el que la Secretaría de la Función Pública haya permitido una gigantesca brecha de seguridad que posibilitó el acceso total e irrestricto a la base de datos con las declaraciones de casi un millón de servidores públicos, constituye una falta gravísima que sin duda alguna obliga a notificar a todos los perjudicados para que puedan tomar las medidas correspondientes, y además debe de ser sancionada.

Especialmente si hubo negligencia, dolo o mala fe de las autoridades encargadas de administrar y proteger dicha información, en los términos previstos por la Ley General de la materia, especialmente considerando que el hecho de haber cerrado ya la brecha, no impide que dicha información haya sido descargada y esté en posesión permanente de terceros ajenos a ella.

Así las cosas, no cabe duda que es muy riesgoso establecer políticas de austeridad que no permitan comprar computadoras ni tampoco pagar sueldos para contratar a personal con la suficiente capacidad y experiencia para proteger este tipo de información en poder de las autoridades.

Desde que se estableció que ningún servidor público federal podría ganar más que el titular del Ejecutivo, y desde que se declaró públicamente que en esta administración el criterio para seleccionar servidores públicos sería el de: “90% honestidad y 10% experiencia”, se sabía que se iban a correr muchos riesgos, especialmente en las áreas técnicas más delicadas donde la oferta/demanda por especialistas es muy elevada.

Sin embargo, ni siquiera el más pesimista sospechaba que esas políticas pudieran llegar a poner en riesgo la intimidad, la seguridad o incluso la vida de 830,000 servidores públicos.

Comisionado del ITEI Jalisco

@chavaromero

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